El Contrato de contingencias es un acuerdo escrito entre distintas personas (familia, pareja, amigos, etc.) para cambiar alguna conducta, ya sea por parte de ambos (contrato multilateral) o de una persona (contrato unilateral). Los términos del contrato se negocian entre todos hasta llegar a un acuerdo.
Hay una serie de orientaciones a la hora de diseñar un contrato de contingencias efectivo:
- Las partes implicadas deben llegar a un consenso a la hora de marcar el objetivo del contrato.
- Deben especificarse los privilegios que se lograran tras la ejecución de la conducta y las penalizaciones por no llevar a cabo los cambios correspondientes.
- El contrato debe contener una cláusula adicional de bonificaciones por si la persona excede las demandas mínimas del contrato.
Los contratos de contingencia se pueden usar en gran cantidad de problemas y tanto con adultos como con niños.
CONTRATOS CONDUCTUALES CON NIÑOS
Homme, señala 10 reglas básicas:
- La conducta exigida debe ser sencilla, fácil y expuesta de manera comprensible, y la recompensa debe ser inmediata (cuanto más pequeño sea el niño, menor y menos simbólico debe ser el refuerzo).
- La conducta deseada no debe exigirse de manera inmediata, sino que debe dividirse en pequeñas partes y debe trabajarse sobre cada una de ellas con un incremento progresivo de exigencias.
- Las recompensas por cumplir el contrato deben ser muy frecuentes, aunque sean pequeñas. Además, deben tener el valor de informar de los adecuado o no de la realización, y de reforzarla. Puede pasarse progresivamente del refuerzo material al social (al principio pueden aparearse).
- El contrato debe especificar las conductas por cuyo cumplimiento se recompensará y no establecer contratos basados en categorías o vaguedades como “ser más obediente”, o “estudiar más”.
- Debe recompensarse el comportamiento adecuado después de que éste ocurra, nunca antes.
- El contrato debe ser razonable, es determinante que el niño lo acepte, lo que implica que debe haber un cierto equilibrio entre la conducta exigida y los reforzadores. Un contrato injusto para una de las partes, genera tensión y agresividad. Un contrato impuesto, dificulta la autorregulación de las conductas por parte del niño y, por tanto, la retirada del programa.
- Los términos del contrato deben estar claros: qué debe hacerse y cuántas veces.
- El contrato debe ser honesto. No basta con que los padres lo refuercen al principio. Debe ser cumplido de manera constante y no descontinuarlo, alegando que el niño sólo hace lo que debe hacer.
- El contrato debe ser positivo. Es importante que le produzca consecuencias positivas y no una retirada del castigo: Tareas aprendidas se aparean a situaciones agradables, favoreciéndose la motivación intrínseca.
- Debe ser usado de manera sistemática y no sólo en ocasiones o periodos de tiempo aislados.
Una última regla: El contrato debe recompensar a niño por su iniciativa en la emisión de conductas meta, más que por obedecer. Esto facilita el mantenimiento de la conducta tras la retirada del programa (Si Pablo pone la mesa sin que nadie se lo pida, podrá jugar 15 min (en vez de 10) con los soldaditos).
Periódicamente, el contrato debe revisarse para evaluar su cumplimiento e introducir modificaciones entre las partes.
Vía>>http://online-psicologia.blogspot.com.es/2007/11/sistemas-de-organizacin-de.html